Los Pagos En Moneda Extranjera Permitidos Por El Banco Central

El presente informe de investigación reúne información sobre la posibilidad de cancelar deudas en moneda extranjera de acuerdo con el artículo 49 de la Ley Orgánica del Banco Central, para lo cual se aportan las citas normativas, dictámenes de la Procuraduría General de la República y jurisprudencia administrativa emanadas de la Dirección de Tributación Directa que prevén las condiciones que deben privar para que esta posibilidad sea ejecutable en determinada obligación.

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