El presente informe de investigación realiza una reseña sobre la Oficina de Defensa Civil de las Víctimas, considerando para ellos, los supuestos normativos del artículo 39 del Código Procesal Penal y de los artículos 33, 34 y 35 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.
En este sentido la doctrina se encarga de definir que es la Oficina de Defensa Civil de las Víctimas, su ubicación dentro del Ministerio Público y sus principales funciones.
Mientras que la jurisprudencia por medio de la resolución de casos concretos delimita aspectos relacionados con el concepto, las funciones, y particularidades procesales de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima.