Artículo 460 Del Código De Comercio. Especificicamente De La Legitimación De La Parte Firmante.
- Código:5096
- Rama:Derecho comercial
- Descriptor:Titulos valores
El presente documento contiene jurisprudencia sobre el artículo 460 del Código de Comercio costarricense, que versa de manera enfática sobre la Legitimación de la Parte Firmante. Iniciar sesión para ver másCódigo: 5096|Autor: CIJUL en Línea|Rama: Derecho comercial|Descriptor: Titulos valores