La Procedencia De La Anotacion De La Demanda En Interdictos De Amparo De Posesion

La presente reseña aporta sobre el tema de la procedencia de la anotación de la demanda en los interdictos de amparo, se cita la normativa pertinente, a saber, el Artículo 106 del Código Procesal Civil sobre los interdictos posesorios, los artículos 303 y 468 y siguientes del Código Civil que refieren a las Anotaciones Provisionales, explicado por el jurista nacional Doctor Carlos Picado y cinco sentencias que explican la temática presentada en este documento.

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