El presente informe trata el tema del contrato de trabajo por tiempo determinado, para ello se basa en el artículo 26 del Código de Trabajo. Se tocan temas como: el trabajador deportivo y su contrato por tiempo indeterminado, la distinción entre el que es a plazo fijo y el que es por tiempo indeterminado, el trabajador que realiza labores como “mandador” y guarda vigilante en propiedad adjudicada a un Banco, profesora universitaria nombrada por ciclos lectivos se considera un contrato por tiempo indefinido, la presunción de laboralidad con respecto al contrato por servicios profesionales.
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